Elecciones generales del 29 de noviembre de 2026: calendario y cómo se vota
El 29 de noviembre de 2026 España vota Congreso y Senado. Fechas clave de la campaña, el voto por correo y la jornada de reflexión, cómo se reparten los escaños y qué ocurre después.
Situación a 12 de octubre de 2026. España vota el domingo 29 de noviembre de 2026. Este artículo explica el calendario, las reglas que fijan cuántos escaños tiene cada provincia y lo que pasa después del recuento. Es puramente procedimental: no hay encuestas, previsiones ni valoración de ningún partido o candidato.
Quién convoca y por qué el 29 de noviembre
El Boletín Oficial del Estado publicó el 6 de octubre de 2026 el Real Decreto 806/2026, que disuelve las Cortes Generales y convoca elecciones, según recogen LegalToday y Infobae. Quedan disueltos el Congreso y el Senado elegidos el 23 de julio de 2023. La convocatoria se aprobó en Consejo de Ministros a propuesta del presidente del Gobierno, la vía que prevé el artículo 115 de la Constitución.
La fecha no se elige libremente: la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que las elecciones se celebran el día 54 después de la publicación del decreto. Del 6 de octubre al 29 de noviembre hay exactamente 54 días.
Las fechas que importan
Según el calendario que recoge la prensa a partir de la Junta Electoral Central (El Independiente, Canarias7):
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 6 de octubre | Publicación del decreto en el BOE. Se abre el plazo para pedir el voto por correo. |
| Del 21 al 26 de octubre | Presentación de candidaturas ante las juntas electorales. |
| 28 de octubre | El BOE publica las candidaturas presentadas. |
| 2 de noviembre | Las juntas electorales proclaman las candidaturas. |
| 3 de noviembre | El BOE publica las candidaturas proclamadas: desde ese día las listas son definitivas, salvo recurso. |
| Del viernes 13 al viernes 27 de noviembre | Campaña electoral: 15 días, de las 00:00 a las 24:00. |
| 19 de noviembre | Último día para solicitar el voto por correo. |
| 28 de noviembre | Jornada de reflexión. |
| 29 de noviembre | Votación. |
| 23 de diciembre | Sesión constitutiva de las nuevas Cortes, a las 10:00. |
Las tres fechas de candidaturas son pasos distintos del mismo trámite, según el calendario que publicó EFE y recogió Diario de León el 5 de octubre: el 28 de octubre se publica lo presentado, el 2 de noviembre se proclama y el 3 se publica lo proclamado. Después quedan los recursos (hasta el 5 de noviembre ante la jurisdicción contencioso-administrativa y hasta el 9 ante el Tribunal Constitucional). El calendario oficial de la Junta Electoral Central es la referencia; no pudimos abrirlo directamente.
Qué se puede y qué no se puede hacer cada semana
- Hasta el 12 de noviembre: no hay campaña oficial, aunque sí actividad política ordinaria.
- Del 13 al 27 de noviembre: campaña. Es el periodo en que se celebran mítines y se pide formalmente el voto.
- Del 24 al 28 de noviembre: la LOREG (art. 69.7) prohíbe publicar, difundir o reproducir sondeos electorales durante los cinco días anteriores a la votación. Politizz cumple esta regla con su propio calendario.
- 28 de noviembre: jornada de reflexión. La ley prohíbe los actos de campaña y la propaganda electoral.
- 29 de noviembre: votación. Los colegios electorales abren de 9:00 a 20:00 horas, según el artículo 84.1 de la LOREG.
El plazo para votar por correo es más largo que el de la campaña. La solicitud se pide entre el 6 de octubre y el 19 de noviembre, y el envío del voto desde España termina el 25 de noviembre, según la prensa. Quien vive en el extranjero tiene un procedimiento distinto (voto CERA, por el censo de residentes ausentes), con plazos propios que aparecen en el calendario oficial.
Qué se elige y cómo se reparten los escaños
Se eligen los 350 diputados del Congreso en 52 circunscripciones: las cincuenta provincias más Ceuta y Melilla. La asignación proviene de la LOREG: cada provincia recibe dos diputados de partida y los restantes 248 se reparten según la población; Ceuta y Melilla tienen uno cada una. Con la actualización de población de esta convocatoria, solo cambian dos provincias respecto a 2023: Madrid pasa de 37 a 38 escaños y Cádiz, de 9 a 8, según El Español y Diario de León. Madrid (38), Barcelona (32), Valencia (16), Sevilla y Alicante (12) son las más grandes.
Dentro de cada provincia, los escaños se reparten con la fórmula D'Hondt entre las listas que obtienen al menos el 3 % de los votos válidos de esa circunscripción. Las listas son cerradas y bloqueadas: se vota a la lista completa, sin alterar el orden. Las diferencias con otros países están en nueve países, nueve maneras de elegir.
En el Senado el reparto es otro: cada provincia no insular elige cuatro senadores; Gran Canaria, Mallorca y Tenerife, tres cada una; Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro, uno cada una; y Ceuta y Melilla, dos cada una. A ellos se suman los que designan los parlamentos autonómicos (art. 69 de la Constitución). Aquí cada elector vota a personas, no a una lista cerrada. Son 209 senadores de elección directa, uno más que en 2023: es la primera vez que Formentera elige senador propio, separada de Ibiza, tras la reforma de la Constitución y de la LOREG aprobada en 2026 (Periódico de Ibiza, Mallorcadiario).
Los argumentos sobre el reparto por provincias
El reparto por provincias tiene defensores y críticos, y los dos argumentan sobre los mismos datos.
Quienes lo defienden sostienen que garantiza una representación mínima a las provincias poco pobladas y evita que las decisiones nacionales se tomen solo desde las grandes áreas urbanas, y que el umbral del 3 % reduce la fragmentación del Congreso.
Quienes piden cambiarlo señalan que, en una provincia con pocos escaños, un partido necesita un porcentaje alto para obtener uno, de modo que el voto a listas pequeñas pesa menos; y que un voto en una provincia pequeña y otro en una grande no producen el mismo número de escaños por votante.
Ambos lados describen el mismo fenómeno, y qué lo hace bueno o malo es una discusión de valores, no un dato.
Después del recuento
El 23 de diciembre se constituyen el Congreso y el Senado: la Constitución exige que las Cámaras se reúnan en los 25 días siguientes a las elecciones (art. 68.6). Elegir al presidente del Gobierno es un paso posterior, la investidura (art. 99): el candidato propuesto por el Rey necesita en la primera votación la mayoría absoluta del Congreso y, si no la consigue, en una segunda basta con la mayoría simple. Cómo se forma esa mayoría con distintos números de escaños está en gobiernos de coalición, y cómo se cuenta y verifica el voto en cómo se cuenta y verifica un voto.
Dónde encaja Politizz
Politizz no publica ni publicará sondeos de intención de voto dentro del tramo vetado por la ley. Lo que sí hace es medir afinidad: compara tus respuestas con las posiciones de cada partido, algo distinto de a quién piensas votar, como se explica en cómo se mide la afinidad con un partido. Si quieres ver qué partidos de España se acercan a tus posiciones antes del 29-N, puedes hacer el test y consultar la guía de partidos de España.
Qué no hemos podido verificar
No pudimos abrir el BOE ni el calendario de la Junta Electoral Central: las fechas proceden de prensa que cita esos documentos y de búsqueda web. Los artículos de la Constitución y de la LOREG citados (42, 53, 69.7, 84, 162-163) provienen de la normativa vigente conocida y no se contrastaron hoy contra el texto consolidado. El plazo exacto del voto CERA se remite al calendario oficial.
¿Con qué partido de España coincides tú?
Las reglas del voto no te dicen qué opciones se parecen a ti. 48 afirmaciones sobre lo que divide esta campaña te sitúan y te comparan con las candidaturas del 29-N.
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